Términos y Condiciones

Del Título de transporte Tren Maya

Los presentes términos y condiciones son para la prestación del servicio de transporte ferroviario de pasajeros operado por la Empresa de Participación Estatal Mayoritaria Tren Maya S.A. de C.V., mismos que se apegan al artículo 42 de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), en el que se establece que el proveedor está obligado a suministrar el servicio de acuerdo con los términos y condiciones ofrecidos, salvo convenio en contrario o consentimiento escrito del consumidor así como en el artículo 60 del Reglamento del Servicio Ferroviario. Con motivo de ofrecer un mejor servicio a sus Pasajeros, Tren Maya podrá cambiar y/o modificar sus Términos y Condiciones ya sea parcial o totalmente.

1. Los pasajeros nacionales deberán presentar una identificación oficial vigente con fotografía (Credencial de elector, licencia de manejo, pasaporte, cédula profesional, Cartilla del servicio militar nacional) para la compra de su boleto y al pasar al área de abordaje del tren para garantizar la identidad de los pasajeros, en el caso de menores de edad se podrán identificar con CURP, acta de nacimiento, pasaporte y credencial escolar.

2. Los pasajeros internacionales deberán presentar una identificación oficial vigente con fotografía (Pasaporte, documento migratorio, certificado de matrícula consular) para la compra de su boleto internacional, en caso de comprar un boleto nacional deberá mostrar credencial de elector, el documento de residencia o permanencia no avala la compra como nacional.

3. En el valor del boleto está incluido el seguro de viajero, mismo que ampara las siguientes coberturas desde el momento que aborda el tren y hasta que desciende de éste: gastos de atención médica a lesionados por accidente ferroviario y gastos funerarios por muerte en accidente ferroviario.

4. El boleto es el título legal del contrato entre el transportista y el pasajero, por lo que debe conservarse para cualquier reclamación o aclaración. Los pasajeros son responsables en asegurarse de tener un boleto válido aplicable para todo el viaje, debiendo tomar en cuenta los siguientes incisos:

a. El pasajero deberá verificar que el boleto entregado contenga los datos correctos, si existen modificaciones se realizarán en el momento, en caso de error el Tren Maya no se hará responsable de generar reembolsos o cancelaciones una vez que el pasajero se marcha de la taquilla o acepta los términos y condiciones en pagos por sitio web.

b. La asignación de los asientos se lleva a cabo en el trámite de compra adecuando a la selección del pasajero de acuerdo con el orden y/o disponibilidad emitida por el sistema, una vez realizada la reservación y compra del boleto únicamente podrán hacerse cambios de asiento en la página: https://reservas.ventaboletostrenmaya.com.mx

c. Es responsabilidad del usuario informar a Tren Maya en caso de cualquier discrepancia en su boleto antes de la fecha y hora del viaje programado.

d. En caso de pérdida u olvido del boleto de abordaje por parte del pasajero podrá mostrar el correo recibido de manera digital por cualquier medio tecnológico (Tablet, celular, laptop, etc.), si no cuenta con ninguno de los anteriores podrá acudir a la taquilla de la estación para su impresión.

e. El pasajero asume la responsabilidad de informarse sobre los Términos y Condiciones del contrato antes de adquirir su boleto, debiendo respetar y cumplir las disposiciones contenidas en dichos términos.

f. El usuario no podrá de ninguna manera ABORDAR SIN BOLETO(1), aun teniendo la disponibilidad del asiento, deberá llegar con anticipación para la compra de este, de lo contrario deberá esperar el siguiente tren, esto por motivos de seguridad(2).

g. El pasajero deberá realizar el pago del boleto con moneda nacional (Peso mexicano) y/o tarjeta de crédito o débito, no se recibe ninguna otra divisa.

h. En caso de recibir en taquilla un billete o moneda presuntamente apócrifo el personal deberá indicar al pasajero y devolver la cantidad, solicitando algún otro medio de pago el cual será sometido de nuevo a su autentificación.


5. Los pasajeros son responsables en todo momento de su equipaje, en caso de pérdida o avería por accidente ferroviario, el seguro de viajero cubrirá la cantidad equivalente a 20 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, establecido en los artículos 176, 177 y 180 del RSF.

6. Todo equipaje está sujeto a revisión aleatoria por parte de las autoridades competentes de la estación, siempre en presencia del pasajero responsable, tanto antes del abordaje como en el trayecto; si el pasajero se rehúsa a dicha revisión no se le permitirá viajar o continuar el viaje.

7. Cualquier incidente debe ser reportado con el Supervisor a bordo o Jefe de Estación en el momento, para que determinen las acciones pertinentes.

8. Los menores de edad entre 3 - 14 años que viajen en un asiento deberán ir acompañados al menos de una persona mayor de edad pagando un asiento completo. Por el bien y la seguridad del pasajero, los niños deben estar supervisados por su padre o tutor en todo momento.

9. Los bebés de 0 a 2 años 11 meses se transportan de manera gratuita, sin embargo, deberán ir acompañados de un adulto en proporción de 1:1 y no tendrán derecho a asiento, en caso de que el menor requiera utilizar un asiento, deberá adquirir su boleto.

10. No se admitirán devoluciones de boletos no utilizados sin importar el motivo o causa aparente.

11. En el caso de solicitar un cambio se debe realizar en un lapso de 48 horas previas a la salida del tren, por medio del correo electrónico info@ventaboletostrenmaya.com.mx proporcionando la imagen digital del boleto (jpeg, jpg, pdf), imagen digital del comprobante de pago (jpeg, jpg, pdf), teléfono, correo electrónico y el motivo para realizar el cambio.

12. En causas imputables a Tren Maya, este realizará la devolución del 100% del servicio no utilizado.

13. Cuando un servicio sea cancelado por causa de fuerza mayor (desastres naturales, conflictos armados, huelgas, paros, manifestaciones, disturbios, restricciones gubernamentales, pandemias, etc.) Tren Maya no estará obligado a compensar o indemnizar a los pasajeros de acuerdo con la legislación aplicable.

14. Si los pasajeros llegan tarde al proceso de abordaje, su reserva será cancelada y no existirá reembolso del importe ni cambio de tren, siendo anulado de manera automática.

a. Pasajero con boleto regular deberá presentarse en estación por lo menos con 30 minutos de anticipación a la salida de su tren.
b. Pasajero con boleto de larga distancia deberá presentarse en estación por lo menos con 45 minutos de anticipación a la salida de su tren.

15. Los boletos son nominativos e intransferibles, solo pueden ser utilizados por la persona titular, debiendo portar su identificación oficial con fotografía para la verificación de este.

16. Los descuentos no son acumulables y/o aplicables a ofertas especiales y/o tarifas promocionales, queda sujeto a disponibilidad.

17. Tren Maya se reserva el derecho de proporcionar el servicio de transporte ferroviario sin que este implique el derecho del usuario de algún reclamo, demanda, pago o cualquier otra responsabilidad si ocurre alguno de los siguientes eventos:

a. Si se utiliza un boleto que no corresponda al pasajero.
b. Si se utiliza un boleto apócrifo, falso o alterado.
c. Si se utiliza un boleto objeto de reventa.


18. Tren Maya se reserva el derecho de modificar los precios de los servicios en cualquier momento, así como el derecho de cancelar, modificar o reprogramar cualquier oferta promocional sin previo aviso.

19. Las estaciones de Tren Maya son espacios 100% libres de humo de tabaco y emisiones. Está estrictamente prohibido fumar en el interior de las instalaciones de Tren Maya y en el interior de los vagones del tren, se incluyen cigarros electrónicos o vapeadores. En caso de que alguna persona sea sorprendida, se presentará a las autoridades correspondientes.

20. Ningún pasajero podrá acceder al área de andenes sin un boleto vigente, con fecha origen y destino correctas.

21. En caso de que el pasajero decida terminar el viaje antes de su estación de destino, no tendrá derecho a reembolso por el trayecto no recorrido, ni a volver a tomar el tren por el kilometraje no utilizado.

22. Las dimensiones máximas del equipaje permitido serán de 40 x 25 x 55 cm con un peso no mayor a 10 kg, más un equipaje de mano.

23. No está permitido transportar menaje o equipaje de carga , aquel equipaje (maletas, bolsas, bultos, cajas o similares) que superen el peso y/o medidas establecidas tendrán un costo adicional determinado por la empresa.

24. No se tolerará ningún comportamiento o lenguaje inadecuado y/o abusivo al personal de las estaciones de Tren Maya o a bordo del tren, así como el daño a las instalaciones. En caso de que alguna persona sea sorprendida, se presentará a las autoridades correspondientes.

25. Estará estrictamente prohibido abordar con los siguientes artículos: armas de fuego, objetos punzocortantes, materiales peligrosos, pistolas réplica de armas de fuego, dispositivos paralizantes, sustancias estupefacientes y enervantes(4).

26. No se permite subir a bordo del tren con: Alimentos y bebidas, botellas con contenido embriagante a la vista, sólo se podrán llevar si se encuentran cerradas, sin violación a su sello, debiendo permanecer dentro del equipaje; únicamente se permitirá el acceso de alimentos para lactantes o personas con alguna condición médica.

27. Se permitirá el transporte de animales, siempre y cuando cuenten con las siguientes características: felinos o caninos menores a 15 kg, que viajen en su transportadora. Toda mascota debe ser registrada previo al abordaje (45 min. antes) y por ningún motivo podrá desplazarse por los asientos, andar sin correa en los pasillos del tren y deberán contar con lo siguiente:

a. Deberá firmar la carta responsiva (Formato CR-CMZ-001).
b. Llevar la documentación expedida por un veterinario: certificado médico vigente y cartilla, la cual deberá mostrar al momento de abordar.
c. Los perros deben estar en condiciones higiénicas y no se aceptan perros enfermos, o en lactancia.
d. El perro en servicio deberá portar placa y correa de identificación en todo momento, sólo se permite un perro de servicio por pasajero.
e. Deberán ser perros tranquilos, entrenados y no agresivos, en caso de que el perro sea agresivo deberá usar bozal.
f. En el área del restaurant no se permite el ingreso de los animales.
g. En caso de algún incidente correrá por cuenta del pasajero cualquier daño que su mascota ocasione al tren, las instalaciones y a los pasajeros.

28. Es necesario que el pasajero lea y acepte el Aviso de Privacidad Integral que se encuentra disponible en el sitio web establecido por la empresa Tren Maya, en las taquillas de las estaciones y diferentes puntos de venta establecidos.

29. Los pasajeros no podrán desplazarse en las instalaciones sin ropa o calzado, así como evitar cualquier actitud o actividad que afecte la tranquilidad y descanso del resto de pasajeros. (Gritos, ruido con móviles, sonidos molestos, etc.) en caso de no apegarse a las indicaciones será puesto a disposición del personal de Guardia Nacional.

30. Tren Maya se reserva el derecho de negarle el acceso a las estaciones y al abordaje de trenes (5) a:

a. Personas en evidente estado de ebriedad.
b. Personas que se encuentren bajo la influencia de drogas o enervantes, salvo que cuenten con prescripción médica; los supervisores a bordo tomarán las medidas conducentes en caso de tener personas en tal condición, con el fin de evitar riesgos o molestias al resto de los pasajeros. Estas personas serán puestas a disposición de las autoridades correspondientes en la terminal más próxima cuando así lo amerite a juicio del Supervisor a bordo y Jefe de estación.
c. Niñas y niños solos.
d. Mujeres en estado de gravidez de siete meses en adelante, en caso de no ser informado dicho estado la empresa no será responsable si se presenta alguna contingencia y/o situación durante el trayecto en el tren relacionado al estado de embarazo de la Pasajera.
e. Personas que pretendan viajar solas y sufran de alguna discapacidad que requiera el acompañamiento, es importante considerar que nuestro personal no está posibilitado para ayudarle a las siguientes actividades: comer, asistirle dentro del sanitario, atender necesidades fisiológicas en su asiento ni tampoco prestarle servicios médicos.
f. Pasajeros con condiciones médicas especiales en caso expreso, deberán portar certificados médicos, si tiene un problema de salud que ponga en duda razonable la conclusión de su viaje con tranquilidad, sin necesidad de asistencia médica.
g. Pasajeros con enfermedad en etapa terminal o desahucio por causas distintas. Adicional al certificado médico, se requiere que el pasajero viaje acompañado.
h. Pasajero con enfermedad infectocontagiosa. No se permitirá el viaje si la enfermedad es transmisible en ambientes cerrados.

Si Tren Maya acepta transportar a las personas descritas anteriormente, será bajo la estricta responsabilidad del pasajero y deberá tomar las medidas necesarias para proteger su salud durante el trayecto del viaje.

(1) Reglamento del Servicio Ferroviario. Art. 60. El concesionario deberá emitir un contrato para el transporte del pasajero en el que se especifiquen las condiciones de servicio, de acuerdo con las normas.
(2) Reglamento del Servicio Ferroviario. Art. 177. El pasajero quedará protegido por los seguros a que se refiere el artículo anterior desde el momento en que aborda el tren hasta que desciende de éste, y es obligación del concesionario hacerle saber al primero el alcance de la cobertura de dichos seguros y el derecho que tiene para exigir, en su caso, el pago de las indemnizaciones que correspondan. Para los efectos del párrafo anterior, se presume, salvo prueba en contrario, que las personas que se encuentren a bordo de un coche de pasajeros adquirieron el boleto respectivo, con excepción del personal del concesionario que se encuentre a bordo en ejercicio de sus funciones.
(3) Reglamento de Servicios Ferroviarios Art. 61. El concesionario establecerá el número máximo de piezas de equipaje que el pasajero tendrá derecho a transportar libre de cargo.
(4) Reglamento de Servicios Ferroviarios Art. 59. Artículos prohibidos para el abordaje de trenes y el acceso a estaciones.
(5) Reglamento de Servicios Ferroviarios. Art. 63. El concesionario podrá rehusarse a transportar y no se permitirá el acceso a las instalaciones ferroviarias ni el abordaje de trenes a las personas especificadas.