Los presentes términos y condiciones son para la prestación del servicio de transporte ferroviario de
pasajeros operado por la Empresa de Participación Estatal Mayoritaria Tren Maya S.A. de C.V., mismos
que se apegan al artículo 42 de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), en el que se
establece que el proveedor está obligado a suministrar el servicio de acuerdo con los términos y
condiciones ofrecidos, salvo convenio en contrario o consentimiento escrito del consumidor así como
en el artículo 60 del Reglamento del Servicio Ferroviario. Con motivo de ofrecer un mejor servicio a
sus Pasajeros, Tren Maya podrá cambiar y/o modificar sus Términos y Condiciones ya sea parcial o
totalmente.
1. Los pasajeros nacionales deberán presentar una identificación oficial vigente con fotografía
(Credencial de elector, licencia de manejo, pasaporte, cédula profesional, Cartilla del servicio militar
nacional) para la compra de su boleto y al pasar al área de abordaje del tren para garantizar la
identidad de los pasajeros, en el caso de menores de edad se podrán identificar con CURP, acta de
nacimiento, pasaporte y credencial escolar.
2. Los pasajeros internacionales deberán presentar una identificación oficial vigente con fotografía
(Pasaporte, documento migratorio, certificado de matrícula consular) para la compra de su boleto
internacional, en caso de comprar un boleto nacional deberá mostrar credencial de elector, el
documento de residencia o permanencia no avala la compra como nacional.
3. En el valor del boleto está incluido el seguro de viajero, mismo que ampara las siguientes coberturas
desde el momento que aborda el tren y hasta que desciende de éste: gastos de atención médica a
lesionados por accidente ferroviario y gastos funerarios por muerte en accidente ferroviario.
4. El boleto es el título legal del contrato entre el transportista y el pasajero, por lo que debe
conservarse para cualquier reclamación o aclaración. Los pasajeros son responsables en asegurarse
de tener un boleto válido aplicable para todo el viaje, debiendo tomar en cuenta los siguientes incisos:
5. Los pasajeros son responsables en todo momento de su equipaje, en caso de pérdida o avería por
accidente ferroviario, el seguro de viajero cubrirá la cantidad equivalente a 20 veces el valor diario de
la Unidad de Medida y Actualización, establecido en los artículos 176, 177 y 180 del RSF.
6.Todo equipaje está sujeto a revisión aleatoria por parte de las autoridades competentes de la
estación, siempre en presencia del pasajero responsable, tanto antes del abordaje como en el trayecto;
si el pasajero se rehúsa a dicha revisión no se le permitirá viajar o continuar el viaje.
7. Cualquier incidente debe ser reportado con el Supervisor a bordo o Jefe de Estación en el momento,
para que determinen las acciones pertinentes.
8. Los menores de edad entre 3 - 14 años que viajen en un asiento deberán ir acompañados al menos
de una persona mayor de edad pagando un asiento completo. Por el bien y la seguridad del pasajero,
los niños deben estar supervisados por su padre o tutor en todo momento.
9. Los bebés de 0 a 2 años 11 meses se transportan de manera gratuita, sin embargo, deberán ir
acompañados de un adulto en proporción de 1:1 y no tendrán derecho a asiento, en caso de que el
menor requiera utilizar un asiento, deberá adquirir su boleto.
10. No se admitirán devoluciones de boletos no utilizados sin importar el motivo o causa aparente.
11. En el caso de solicitar un cambio se debe realizar en un lapso de 48 horas previas a la salida del tren, por medio del correo electrónico
info@ventaboletostrenmaya.com.mx proporcionando la imagen digital del boleto
(jpeg, jpg, pdf), imagen digital del comprobante de pago (jpeg, jpg, pdf), teléfono, correo electrónico y el motivo para realizar el cambio.
12. En causas imputables a Tren Maya, este realizará la devolución del 100% del servicio no utilizado.
13. Cuando un servicio sea cancelado por causa de fuerza mayor (desastres naturales, conflictos
armados, huelgas, paros, manifestaciones, disturbios, restricciones gubernamentales, pandemias,
etc.) Tren Maya no estará obligado a compensar o indemnizar a los pasajeros de acuerdo con la
legislación aplicable.
14. Si los pasajeros llegan tarde al proceso de abordaje, su reserva será cancelada y no existirá
reembolso del importe ni cambio de tren, siendo anulado de manera automática.
15. Los boletos son nominativos e intransferibles, solo pueden ser utilizados por la persona titular, debiendo portar su identificación
oficial con fotografía para la verificación de este.
16. Los descuentos no son acumulables y/o aplicables a ofertas especiales y/o tarifas promocionales,
queda sujeto a disponibilidad.
17. Tren Maya se reserva el derecho de proporcionar el servicio de transporte ferroviario sin que este
implique el derecho del usuario de algún reclamo, demanda, pago o cualquier otra responsabilidad si
ocurre alguno de los siguientes eventos:
18. Tren Maya se reserva el derecho de modificar los precios de los servicios en cualquier momento,
así como el derecho de cancelar, modificar o reprogramar cualquier oferta promocional sin previo
aviso.
19. Las estaciones de Tren Maya son espacios 100% libres de humo de tabaco y emisiones. Está
estrictamente prohibido fumar en el interior de las instalaciones de Tren Maya y en el interior de los
vagones del tren, se incluyen cigarros electrónicos o vapeadores. En caso de que alguna persona sea
sorprendida, se presentará a las autoridades correspondientes.
20. Ningún pasajero podrá acceder al área de andenes sin un boleto vigente, con fecha origen y destino correctas.
21. En caso de que el pasajero decida terminar el viaje antes de su estación de destino, no tendrá derecho a reembolso por el trayecto
no recorrido, ni a volver a tomar el tren por el kilometraje no utilizado.
22. Las dimensiones máximas del equipaje permitido serán de 40 x 25 x 55 cm con un peso no mayor a 10 kg, más un equipaje de mano.
23. No está permitido transportar menaje o equipaje de carga , aquel equipaje (maletas, bolsas, bultos, cajas o similares) que superen
el peso y/o medidas establecidas tendrán un costo adicional determinado por la empresa.
24. No se tolerará ningún comportamiento o lenguaje inadecuado y/o abusivo al personal de las estaciones de Tren Maya o a bordo del tren,
así como el daño a las instalaciones. En caso de que alguna persona sea sorprendida, se presentará a las autoridades correspondientes.
25. Estará estrictamente prohibido abordar con los siguientes artículos: armas de fuego, objetos punzocortantes, materiales peligrosos,
pistolas réplica de armas de fuego, dispositivos paralizantes, sustancias estupefacientes y enervantes(4).
26. No se permite subir a bordo del tren con: Alimentos y bebidas, botellas con contenido embriagante a la vista, sólo se podrán llevar
si se encuentran cerradas, sin violación a su sello, debiendo permanecer dentro del equipaje; únicamente se permitirá el acceso de alimentos
para lactantes o personas con alguna condición médica.
27. Se permitirá el transporte de animales, siempre y cuando cuenten con las siguientes
características: felinos o caninos menores a 15 kg, que viajen en su transportadora. Toda mascota debe
ser registrada previo al abordaje (45 min. antes) y por ningún motivo podrá desplazarse por los
asientos, andar sin correa en los pasillos del tren y deberán contar con lo siguiente:
28. Es necesario que el pasajero lea y acepte el Aviso de Privacidad Integral que se encuentra disponible en el sitio web establecido por
la empresa Tren Maya, en las taquillas de las estaciones y diferentes puntos de venta establecidos.
29. Los pasajeros no podrán desplazarse en las instalaciones sin ropa o calzado, así como evitar cualquier actitud o actividad que afecte
la tranquilidad y descanso del resto de pasajeros. (Gritos, ruido con móviles, sonidos molestos, etc.) en caso de no apegarse a las
indicaciones será puesto a disposición del personal de Guardia Nacional.
30. Tren Maya se reserva el derecho de negarle el acceso a las estaciones y al abordaje de trenes (5) a:
Si Tren Maya acepta transportar a las personas descritas anteriormente, será bajo la estricta responsabilidad del pasajero y deberá tomar las medidas necesarias para proteger su salud durante el trayecto del viaje.
(1) Reglamento del Servicio Ferroviario. Art. 60. El concesionario deberá emitir un contrato para el transporte del pasajero en el que se
especifiquen las condiciones de servicio, de acuerdo con las normas.
(2) Reglamento del Servicio Ferroviario. Art. 177. El pasajero quedará protegido por los seguros a que se refiere el artículo anterior desde
el momento en que aborda el tren hasta que desciende de éste, y es obligación del concesionario hacerle saber al primero el alcance de la
cobertura de dichos seguros y el derecho que tiene para exigir, en su caso, el pago de las indemnizaciones que correspondan. Para los
efectos del párrafo anterior, se presume, salvo prueba en contrario, que las personas que se encuentren a bordo de un coche de pasajeros
adquirieron el boleto respectivo, con excepción del personal del concesionario que se encuentre a bordo en ejercicio de sus funciones.
(3) Reglamento de Servicios Ferroviarios Art. 61. El concesionario establecerá el número máximo de piezas de equipaje que el pasajero tendrá
derecho a transportar libre de cargo.
(4) Reglamento de Servicios Ferroviarios Art. 59. Artículos prohibidos para el abordaje de trenes y el acceso a estaciones.
(5) Reglamento de Servicios Ferroviarios. Art. 63. El concesionario podrá rehusarse a transportar y no se permitirá el acceso a las
instalaciones ferroviarias ni el abordaje de trenes a las personas especificadas.